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PROY- NOM-006-STPS-2017

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-006-STPS-2017, ALMACENAMIENTO YMANEJO DE MATERIALES MEDIANTE EL USO DE MAQUINARIAâCONDICIONES DE SEGURIDAD ENEL TRABAJO

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en ejercicio de sus atribuciones de normalización, elaboró el Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-006-STPS-2014, Manejo y almacenamiento de materiales-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, para quedar como PROY-NOM-006-STPS-2017, Almacenamiento y manejo de materiales mediante el uso de maquinaria-Condiciones de seguridad en el trabajo, por medio del que se actualizan, complementan, reordenan y se da mayor claridad a sus disposiciones.

 

El objetivo del Proyecto es establecer las condiciones de seguridad y salud en el trabajo que se deberán cumplir en los centros de trabajo para evitar riesgos a los trabajadores y daños a las instalaciones por las actividades de almacenamiento de materiales, así como por su manejo mediante el uso de maquinaria.

En el Proyecto se ajustan las definiciones aplicables a los términos utilizados en el cuerpo del mismo.

 

De igual manera, se reordenan y complementan las obligaciones tanto del patrón como de los trabajadores.

También, se precisan las medidas de seguridad, generales y específicas, por tipo de maquinaria utilizada en el manejo de materiales: polipastos y malacates; eslingas; grúas; montacargas; electroimanes; cargadores frontales; transportadores, y otra maquinaria similar.

Son señaladas de forma diferenciada las medidas de seguridad que corresponden a la instalación, operación, al igual que a la revisión y mantenimiento de los equipos citados.

 

Además, en el Proyecto se incluye una Guía de Referencia, no obligatoria, con el contenido general que debiera considerarse en la capacitación de los operadores de grúas, para orientación de los centros de trabajo que requieren implementar un programa de entrenamiento al respecto.

 

Por último, se incorpora el procedimiento para evaluar la conformidad con la Norma, lo que dará certeza jurídica a los sujetos obligados ante las actuaciones de la propia autoridad laboral y de las unidades de verificación, acreditadas y aprobadas, conforme a lo que dispone la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

 

 

Ir al proyecto de Norma

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5508931&fecha=26/12/2017

 

Información Adicional

NOM-006-STPS-2014

8.3 Las mujeres en estado de gestación, y durante las primeras 10 semanas posteriores al parto, no deberán realizar actividades de manejo y almacenamiento de materiales por medio de la carga manual.

 


8.5 En las actividades de manejo y almacenamiento de materiales de manera manual se deberán adoptar las medidas de seguridad siguientes:

a)    Supervisar que se realicen en condiciones seguras, con base en los procedimientos a que alude el numeral 8.1, de esta Norma;

b)    Conservar en condiciones seguras los equipos auxiliares utilizados en el manejo de materiales;

c)    Mantener las áreas de tránsito y de trabajo libres de obstáculos;

d)    Utilizar barras u otros medios cuando se desplacen objetos pesados mediante rodillos para que el trabajador no entre en contacto con la carga en movimiento;

e)    Verificar que la carga manual máxima que manejen los trabajadores no rebase:

1)    25 kg para hombres;

2)    10 kg tratándose de mujeres, y

3)    7 kg en el caso de menores de 14 a 16 años.

       Los trabajadores a que se refiere el subinciso 1), podrán manejar una carga superior a 25 kg, que no exceda de 50 kg, siempre y cuando el patrón determine en el procedimiento previsto en el numeral 8.1, las condiciones conforme a las cuales se desarrollará la actividad, de tal manera que no represente un riesgo para su salud;

f)     Proporcionar la ropa y el equipo de protección personal, conforme a lo previsto por la NOM-017-STPS-2008, o las que la sustituyan, a los trabajadores que realicen actividades de carga de:

1)    Materiales o contenedores con aristas cortantes, rebabas, astillas, puntas agudas, clavos u otros salientes peligrosos;

2)    Materiales con temperaturas extremas, y/o

3)    Contenedores con sustancias irritantes, corrosivas o tóxicas;

g)    Ubicar al menos un trabajador por cada 4 metros o fracción del largo de la carga por manipular, cuando su longitud sea mayor a dicha distancia;

h)    Trasladar los barriles o tambos, a través del uso de maquinaria o equipo auxiliar, como diablos, patines o carretillas;

i)     Efectuar el manejo manual de materiales cuyo peso o longitud sea superior a lo que determina la presente Norma, e integrar grupos de carga y asegurar que exista coordinación entre los miembros de éstos;

j)     Realizar el manejo manual de materiales al menos con dos trabajadores, cuando su peso sea mayor de 200 kg y se utilicen diablos o patines;

k)    Asegurar la estabilidad de la carga durante su traslado;

l)     Instruir al trabajador para que jale el diablo, patín o carretilla en el mismo sentido del ascenso al subir una pendiente, y en sentido opuesto al del descenso al bajar, con el objeto de evitar que la carga represente un riesgo, y

m)   Colocar un tope en la zona de descarga cuando se bascule una carretilla para descargarla al borde de una zanja.

Acuerdo de modificación

8.3 Las mujeres en estado de gestación, y durante las primeras 10 semanas posteriores al parto, no deberán realizar actividades de manejo de materiales que impliquen cargas que superen 10 kg.

 


8.5 …

a) al d) …

e) Verificar que la carga manual máxima que manejen los trabajadores no rebase:

1) …;

2) 15 kg tratándose de mujeres, y3) 7 kg en el caso de menores de edad.

La carga máxima que pueden manejar los trabajadores deberá ser determinada con base en las condiciones reales bajo las cuales se realizan las actividades de manejo de cargas, y no rebasar el límite máximo de carga indicado en este inciso, considerando los elementos señalados en el numeral 8.1.

f) al h) …

i) Efectuar el manejo manual de materiales cuyo peso o longitud sea superior a lo que determina la presente Norma, mediante la integración grupos de carga y asegurar que exista coordinación entre los miembros de éstos, o bien, utilizar equipos auxiliares;

j) Se elimina.

k) al m) …


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