Examen de suficiencia

Normas Oficiales Mexicanas Examen de suficiencia

Marco Legal

Ley Federal del Trabajo

Artículo 153-U

Cuando implantado un programa de capacitación, un trabajador se niegue a recibir ésta, por considerar que tiene los conocimientos necesarios para el desempeño de su puesto y del inmediato superior, deberá acreditar documentalmente dicha capacidad mediante el correspondiente certificado de competencia laboral o presentar y aprobar, ante la entidad instructora, el examen de suficiencia respectivo. 

En este último caso, se extenderá a dicho trabajador la constancia de competencias o de habilidades laborales.

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_230421.pdf

 

ACUERDO por el que se dan a conocer los criterios administrativos, requisitos y formatos para realizar los trámites y solicitar los servicios en materia de capacitación, adiestramiento y productividad de los trabajadores.

Capítulo Cuarto

De los Agentes Capacitadores Externos

Artículo 15. La autorización y registro como Agente Capacitador Externo se otorga a aquellas personas morales y físicas que han acreditado el cumplimiento de los requisitos correspondientes, con el único propósito de que brinden apoyo a las empresas en el desarrollo de las acciones de capacitación a sus trabajadores.

Para ello, los únicos documentos que podrán expedir son las constancias de competencias o de habilidades laborales, a los trabajadores que hayan aprobado los cursos de capacitación o, en su caso, los exámenes de suficiencia, cuando se nieguen a recibir capacitación.

https://sidof.segob.gob.mx/notas/5302582

Examen de suficiencia - DOF

Preparación previa: El participante tendrá acceso al material previo a la evaluación.

Duración: El tiempo depende de la materia.

 

Al finalizar la evaluación el participante obtendrá de manera automática el DC-3 y Diploma de Calificación.


Preguntas frecuentes

 

 

¿El DC-3 es válido ante la autoridad laboral?

El DC-3 que se expide es válido debido a que es uno de los métodos mencionados en la Ley Federal del trabajo por el cual el participante puede obtenerlo.

 

¿Qué duración tiene el DC-3?

Cuando hablamos de duración no nos referimos a la vida útil del DC-3 sino a la duración que aparecerá en el mismo documento, esa duración depende de varios factores.

1.- El número de horas con el cual fue dado de alta ante la autoridad laboral

2.- El tipo de tema, entre otros.

 


Diario Oficial de la Federación

 

 

¿El DC-3 tiene vigencia?

Según la Ley federal del trabajo, los formatos DC3 Constancia de habilidades laborales, no tienen un rango de tiempo. 

"Quedan en responsabilidad de los planes internos de capacitación de cada empresa o de su correspondiente procedimientos internos, contratos o licitaciones."

 

¿EL DC-3 tendrá el registro del agente capacitador externo?

Si, cada DC-3 obtenido en la plataforma cuenta con el registro del ACE y su firma respectivamente, de lo contrario el DC-3 no tendría validez.


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